MANOS LIMPIAS VUELVE A SOLICITAR LA SUSPENSIÓN, DE FORMA CAUTELARÍSIMA, DE LA PROPOSICIÓN DE LEY DE AMNISTÍA A LOS GOLPISTAS DE CATALUÑA Y ADVIERTE DE QUE LA MISMA SUPONE LA CRIMINALIZACIÓN Y LA INICIACIÓN DE UNA «CAUSA GENERAL» CONTRA EL PODER JUDICIAL.

MIGUEL BERNAD – MANOS LIMPIAS

Esta denuncia ha sido también remitida al Comisario Europeo de Justicia y al Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea.

Manos Limpias en la denuncia que ha presentado, el lunes, 13 de noviembre, ante el Tribunal Supremo, insta a éste a la suspensión cautelar de la proposición de Ley de Amnistía ya que en su origen y el texto esta viciada de un delito de usurpación de actividades (Art. 508 de Código Penal).

Asimismo Manos Limpias ha denunciado la criminalización y la iniciación de una causa general contra el Poder Judicial.

A LA SALA SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO
DON MIGUEL BERNAD REMÓN, como Secretario General del SINDICATO COLECTIVO DE
FUNCIONARIOS PUBLICOS MANOS LIMPIAS, con domicilio en la calle Quintana 9, 2º-3, 28008 de
Madrid, como mejor proceda en Derecho,
DIGO:
PRIMERO: Que por medio del presente escrito procedo a la ampliación de las denuncias formuladas
ante esa Sala de fechas, 3, 6 y 9 de noviembre pasado; respecto al denunciado, el presidente del
gobierno en funciones, D. Pedro Sánchez y el proyecto de Ley de Amnistía.
SEGUNDO: Que con fecha 13-11-2023 se ha registrado en la Mesa del Congreso de los Diputados la
PROPOSICIÓN DE LEY DE AMNISTÍA.
SUSPENSIÓN CAUTELAR DE LA PROPOSICIÓN DE LEY DE AMNISTÍA
Como quiera que es necesario argumentar suficientemente una suspensión cautelar en el caso que nos
ocupa, hay dos requisitos que avalan suficientemente la SUSPENSIÓN CAUTELAR.
1) EL PERICULUM IN MORA
Si el referido proyecto de Ley en los procesos administrativos de recursos de inconstitucionalidad que se
pudieran interponer y declararan no conforme a la Ley, el daño sería irreparable.
2) LA APARIENCIA DEL BUEN DERECHO (FUMUS BONIS IURIS)
Queremos poner de manifiesto, que todas las asociaciones de jueces, de fiscales, del Consejo General
del Poder Judicial, de los letrados de la Administración de Justicia, de los decanos de los juzgados, de los
presidentes de Audiencias Provinciales, de los Inspectores de Hacienda, de los Inspectores de Trabajo,
de los Inspectores de la Seguridad Social, de los Abogados del Estado, de los Colegios de Abogados y
Procuradores, de sindicatos policiales y de la Guardia Civil, y un largo etcétera más, han denunciado
públicamente la quiebra del Estado de Derecho y la vulneración de la separación de poderes, invadiendo
las competencias de estos últimos.
A este clamor institucional y popular hay que añadir las advertencias de la Comisión Europea y del
Comisario Europeo de Justicia.
NO ES INJERENCIA E INVASIÓN DE LA INICIATIVA LEGISLATIVA
No se entendería la suspensión cautelar de esa iniciativa legislativa (proposición de Ley de Amnistía),
si no se tiene plena consciencia de que se ha producido un delito de usurpación de atribuciones
judiciales.
Es obvio que una iniciativa legislativa es competencia del Ejecutivo y no se puede interferir ni invadir sus
competencias, pero en el caso que nos ocupa, esa iniciativa legislativa (proposición de Ley de Amnistía)
ESTÁ VICIADA DE UN DELITO DE USURPACIÓN DE ATRIBUCIONES JUDICIALES, y el máximo Órgano al
que me dirijo tiene el DERECHO y el DEBER de impedir que sus resoluciones judiciales se vean anuladas
por esa invasión de competencias judiciales.
Defender la independencia del poder judicial, es defender la Constitución y el resto del ordenamiento
jurídico, así como defender los derechos y libertades de los ciudadanos (entre ellos el principio de
igualdad ante la Ley).
SOMOS CONSCIENTES DEL CHOQUE INSTITUCIONAL QUE SE PRODUCIRÍA
Pero por mucho choque institucional que se produzca y por muy grave que sea, la Ley está por encima y
obliga a todos
UNA PROPOSICIÓN DE LEY DE AMNISTÍA VICIADA EN SU ORIGEN Y EN SU REDACCIÓN POR UN DELITO
Decimos viciada en su origen, porque se apoya en dos pilares fundamentales.
a) El acuerdo con ERC.
b) El acuerdo con JUNTS.
En esos acuerdos firmados solemnemente con escenificación ante los medios de comunicación, se
acuerda que a cambio o trueque de los votos de ERS y JUNTS, el Ejecutivo (el denunciado D. Pedro
Sánchez) se le obliga a presentar una iniciativa legislativa (proposición de Ley de Amnistía) que desactiva
y anula todos los procesos judiciales ya sentenciados o que todavía no se hayan juzgado, referentes a
todo el proceso independentista.
En su virtud,
Solicito de esa Sala del Tribunal Supremo que PROCEDA A LA SUSPENSIÓN CAUTELAR DE LA REFERIDA
INICIATIVA LEGISLATIVA (PROPUESTA DE LEY DE AMNISTÍA):
a) Por tratarse de un proyecto de Ley, viciado en su origen y en su redacción final, en un delito de
usurpación de funciones judiciales del Art. 508 del CP.
b) Por vulnerar el principio constitucional de igualdad de todos los españoles ante la Ley.
c) Porque fulmina también el principio constitucional de separación de poderes.
d) Porque CRIMINALIZA E INICIA UNA CAUSA GENERAL CONTRA EL PODER JUDICIAL, EN LO QUE
SE CONOCE COMO LAWFARE.
Es Justicia que pido en Madrid, a 6 de noviembre de 2023.
MIGUEL BERNAD REMÓN
SECRETARIO GENERA

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