El peligrosísimo caballo de Troya al que los socialistas, separatistas, comunistas y etarras pretenden abrirle la puerta con la reforma del artículo 49 de la Constitución

CARLOS AURELIO CALDITO AUNIÓN

El Consejo de Ministros del día 11 de mayo de 2021 aprobó un proyecto de reforma del artículo 49 de la Constitución en el que se menciona a los DISMINUIDOS. La intención, dicen, es sustituir el vocablo por «DISMINUIDOS» por «PERSONAS DISCAPACITADAS»,

Según los lumbreras que han emprendido tal iniciativa el texto se ha quedado «obsoleto» además de ser «injusto», y plantea sustituir el término «disminuido» por «personas con discapacidad».

El problema de abrir el melón de la reforma constitucional es que puede utilizarse para colar otras modificaciones. De hecho, el PNV, ya entonces, afirma claramente: «Va a resultar inevitable que al sacar una cereza de la cesta, salgan otras».

En diciembre de 2022, el PNV aprovecha el proyecto de reforma del artículo 49 para colar enmiendas para introducir el «derecho a decidir pactado«, suprimir el artículo 155, y limitar la inviolabilidad del Rey.

El Grupo Vasco anunció la presentación de un total de 11 enmiendas al proyecto de reforma de la Constitución en trámite para incluir, a través de la modificación del artículo 2 y de la inclusión de una nueva disposición adicional, el derecho a decidir del pueblo vasco.

El artículo 2 pasaría a «reconocer y garantizar el derecho a la autonomía de las naciones y regiones que integran el Estado y la solidaridad entre todas ellas», quedando redactado de la siguiente manera: «La plena realización de los derechos históricos del pueblo vasco, como manifestación institucional de su autogobierno, se exterioriza a través del derecho a decidir de su ciudadanía, libre y democráticamente representada, siendo su ejercicio pactado con el Estado».

Por su parte Junts per Catalunya, el partido que lidera Carles Puigdemont, presentó una enmienda medianta la cual pretende añadir un nuevo apartado al artículo 117 (acerca del Poder Judicial). En concreto, el siguiente: «Por ley orgánica se regulará el ejercicio del derecho de gracia mediante el indulto y la amnistía». Además de lo anterior, el deseo de los golpistas caltales introducir otras tres enmiendas para desactivar a quines consideran sus enemigos para la consecución de sus objetivos: el Tribunal Constitucional, el Consejo General del Poder Judicial y el Tribunal de Cuentas.

Como se puede observar, los separatistas catalanes y vascos estaban deseosos de que se abriera la puerta de la reforma constitucional para introducir sus reclamaciones rupturistas y tratar de demolir la Constitución Espaola de 1978 desde dentro.

Ni el derecho a decidir, ni la eliminación del artículo 155 ni la amnistía ni el TC guardan ninguna relación con eliminar el término «disminuido», algo en lo que todos los capos de los diversos partidos con representación en el Congreso de los Diputados, al parecer están de acuerdo pues, como bien sabe cualquier español medianamente informado, la principal preocupación de los españoles decentes en estos momentos es cambiar una palabra de la Constitución para sustituirla por un sinónimo, que según los oligarcas y caciques de las mafias que se hacen llamar partidos políticos «suen mejor»…

Esa puerta se ha vuelto a abrir ahora, un año después de aquella intentona de hace tres años. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el líder del PP, Alberto Núñez Feijoo, llegaron el pasado jueves en La Moncloa a un acuerdo para lograr la reforma.

Según ha explicado Feijoo, su propuesta es que antes de fin de año el PSOE y el PP presenten conjuntamente como proposición de ley el texto que pactaron hace meses y con las garantías de que no se aceptarán enmiendas ajenas ni modificaciones que no cuenten con el apoyo de los dos grandes partidos.

También requiere el compromiso del PSOE de que sus socios de Sumar no apoyarán la realización de un referéndum constitucional para ratificar la reforma, pues se podría organizar con la firma de 35 diputados y la posición de los de Yolanda Díaz sería determinante si alguien lo propusiera.

Artículo 167.3 de la Constitución Española de 1978, mal llamada «Carta Magna» por los medios de información, creadores de opinión y manipulación de masas:

«Aprobada la reforma por las Cortes Generales, deberá ser sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las dos Cámaras».

En cuanto a los plazos, la pretendida reforma para sustituir DISMINUIDOS por el sinónimo DISCAPACITADOS, PP y PSOE pretenden que sea por el procedimiento de urgencia y de lectura única de manera que se pueda aprobar en un Pleno monográfico del Congreso, a ser posible en enero.

El problema que se plantea es que todas esas garantías puedan quedar en papel mojado porque Sánchez y sus socios tienen un largo historial de incumplimientos. Pero además son especialistas en buscar todo tipo de triquiñuelas atajos legislativos y legales para acomodar la legislación a sus intereses.

La reforma de la Constitución pactada el último viernes de 2023 por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el líder del PP, Alberto Núñez Feijoo, para eliminar el término «disminuidos» será la tercera modificación de la Constitución desde su aprobación en 1978.

El Gobierno presentó un proyecto de reforma de ese artículo tras las elecciones de 2019, pero hasta ahora no había conseguido la mayoría cualificada del Parlamento, par lo cual se necesita el apoyo de las tres quintas partes de la Cámara o sea, 210 diputados.

Ya hubo otras dos reformas de la Constitución de 1978 en 1992 y en 2011.

El texto constitucional se puede afirmar que desde 1978 apenas ha sido cambiado. Sólo se ha modificado el artículo 13.2, referido al voto de los extranjeros, y el número 135 para garantizar la estabilidad presupuestaria.

Adaptación al tratado de Maastrich. La primera modificación tuvo lugar en agosto de 1992 por iniciativa parlamentaria, para acomodar la legislación española al Tratado de Maastrich y permitir que los ciudadanos de al UE residentes en España pudieran ser candidatos a alcaldes y concejales en las elecciones municipales. El artículo modificado fue el 13.2, aunque sólo se añadieron dos palabras, «y pasivo», al referirse al derecho de sufragio en las elecciones municipales.

Estabilidad presupuestaria. La segunda reforma fue en agosto de 2011, cuando PSOE y PP registraron en el Congreso una proposición destinada a garantizar la estabilidad presupuestaria, que afecta exclusivamente al artículo 135 de la Constitución, después de llega los capos de ambos partidos a un acuerdo el día anterior.

La reforma se realizó a propuesta del presidente socialista José Luis Rodríguez Zapatero (PSOE), en un pleno extraordinario del Congreso el 23 de agosto que fue aceptada por el entonces presidente del PP, Mariano Rajoy. La proposición se aprobó el 2 de septiembre, con 316 votos a favor y 5 en contra.

El Senado la refrendó el día 7 del mismo mes, con 233 votos a favor de PP, PSOE, PSC y UPN, tres en contra y con la abstención de los separatistas de todo pelaje. Antes, la Cámara Alta rechazó 23 enmiendas de las minorías de izquierda y las formaciones separatistas, incluidas las que reclamaban que la reforma fuera sometida a referéndum popular. Por tanto, la reforma quedó definitivamente aprobada.

El 27 de septiembre el rey Juan Carlos I y el presidente Rodríguez Zapatero firmaron la reforma constitucional en un acto solemne celebrado en el Palacio de la Zarzuela.

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