LVIOGEN (ley de “violencia de género” de 28 de diciembre de 2004): maldad, cobardía, hipocresía y “obediencia debida”.

Carlos Aurelio Caldito Aunión.

Según cuentan, hubo una vez un león que vivía en un circo, y que había nacido en cautividad. Cada vez que capturaban a algún león y se incorporaba al grupo de leones que junto con él participaban en el espectáculo circense, y el recién llegado hablaba con nostalgia de cuando corría libremente por la sabana, despertaba en el león cautivo más y más deseos de escapar y gozar de la “libertad” de la que él nunca había disfrutado y de la que sus compañeros hablaban con enorme tristeza, por haberla perdido… un buen día, el cuidador se olvidó de cerrar completamente la puerta de la jaula, después de haberle llevado su ración de comida; transcurridos varios minutos, el león cautivo acabó dándose cuenta de que la puerta no estaba cerrada, empujó la puerta, echó a andar, después a correr, como nunca había tenido oportunidad… comenzó a alejarse del circo… de pronto, paró en seco, miró hacia atrás, sintió pánico… dio media vuelta y regresó a su jaula…

Así, tal cual el león cautivo, actúan los niños y adolescentes que, no paran de decir que no son “libres”, libres de elegir, libres de mover su voluntad, libres de actuar… y por lo tanto, dado que ellos no han tenido “opciones”, ya que han sido otros los que han decidido por ellos, pues no están obligados a hacerse responsables de sus actos, y menos de los resultados de sus acciones.

¿Les suena aquello de “el que se mueva no sale en la foto” que profirió aquel sabio socialista, me refiero a Alfonso Guerra, en los años 80 del siglo pasado (el que también añadió lo de que “Montesquieu ha muerto”)?

 Pues, esa fue la consigna que siguió la totalidad de los Diputados que formaban parte del Congreso para aprobar la más perversa de las leyes que se han creado desde la muerte del General Franco hasta la actualidad, al dictado del lobby feminista de género. Nadie que pretendiera hacer carrera en la política quería correr el riesgo de “suicidarse”, a pesar de saber que estaban aprobando una ley injusta, a sabiendas, una ley de la que todos tenían certeza de que no se ajustaba a la Constitución Española de 1978 que todos habían jurado respetar y defender y a la cual también habían prometido someterse. Pero, claro, todos sin excepción, “debían obediencia” a sus jefes, a quienes los habían elegido para formar parte de las listas de sus provincias cuando se celebraron las elecciones… todos apoyaron una ley perversa, eximiéndose de toda responsabilidad (como el león cautivo del cuento) pues ellos –según manifestaron algunos- no habían tenido otra opción, más todavía, no habían podido elegir… Al parecer, les traía al fresco que todos los informes que se solicitaron por parte del Congreso de los Diputados calificaran la ley como inconstitucional, a todos les traía al fresco que otorgara a la mitad de la población presunción de culpabilidad y presunción de mendacidad, a todos les traía al fresco que se les advirtiera por doquier que la LVIOGEN, ley de “violencia de género” de 28 de diciembre de 2004) iba a fomentar la denuncia falsa por supuestos malos tratos, y que lo único que pretendía la terrible ley era asegurar un completo éxito a las mujeres que desearan repudiar a su esposo, desahuciarlo y alejarlo de la vida de sus hijos e impedir que siguiera participando en su educación y crianza; pese a que dijeran que la ley pretendía proteger a las mujeres víctimas de maltrato.

 Todos los cargos electos, como los funcionarios públicos, y en ellos hay que incluir todos los empleados de la Administración del Estado, tanto funcionarios públicos, como personal laboral, tanto interinos, como estatutarios, y desde luego tanto en el ámbito de la Administración General del Estado, como de la Administración Autonómica o local, están sometidos al imperio de la Ley, y dentro de ella, como norma suprema a la Constitución. Y no valen escusas. Tampoco cabe escudarse en la ocurrencia de es que yo estaba «solamente siguiendo órdenes», en la «obediencia debida», en caso de incurrir en delito. Argumentar que se actúa siguiendo “órdenes superiores» no es un eximente ni justifica ninguna clase de crimen, incluso aunque el crimen esté apoyado por una ley votada en el parlamento de forma mayoritaria. El hecho de que una persona haya actuado por orden de su gobierno o de sus superiores no le exime de responsabilidad, pues siempre le queda una opción moral.

En la obediencia debida, en la maldad, en la cobardía, en la hipocresía, en el cinismo se ampararon desde entonces quienes trataron de venderle a los españoles que tamaña canallada era necesaria, imprescindible (entre otros muchos “argumentos” se recurrió a las encuestas-trampas que ya se pusieron en marcha durante el gobierno de José María Aznar, de la cual hablaremos en otro momento); en la hipocresía, en la cobardía, en el cinismo, también en la obediencia debida se escudaron los medios de información para publicitar las supuestas bondades de semejante perversidad (aunque fueron y siguen siendo recompensados de manera espléndida y generosa por el gobierno), en todo ello se amparó el Tribunal Constitucional Español (presidido entonces por una amiga de etarras y femi-estalinista, escogida exprofeso para tal trance, y siguiendo las directrices de la Vicepresidente del Gobierno de Zapatero) para sentenciar que la LVIOGEN, ley de “violencia de género” de 28 de diciembre de 2004 es compatible con la Constitución Española, a pesar de haber batido todos los records en cuanto a “cuestiones de inconstitucionalidad” promovidas por jueces buenos y justos, que se vieron obligados a aplicarla en los años siguientes a ser aprobada, y que no estaban por aplicar “la obediencia debida”. Merece ser destacado que hasta la perversa sentencia del Tribunal Constitucional, en mayo de 2008, habían sido presentadas más de DOSCIENTAS cuestiones de inconstitucionalidad por parte de jueces que se oponían a su aplicación, por considerar que la LVIOGEN viola el derecho a la presunción de inocencia, el derecho a un juicio justo, con plenas garantías legales; por considerar que la LVIOGEN viola el derecho constitucional a un juez ordinario, ya que la LVIOGEN ha creado tribunales de excepción, expresamente prohibidos por la Constitución Española de 1978, en los que se juzga exclusivamente a hombres y a los que se castiga más severamente que a las mujeres en caso de incurrir en el mismo ilícito penal, y a los que se condena con la versión de la mujer como única prueba…

Para que se acaben dando situaciones como la injusticia que les acabo de narrar son imprescindibles multitud de factores, entre ellos que se le niegue la presunción de inocencia a quienes son denunciados por haber incurrido en alguna conducta tipificada como “ilícito penal”, el que se considere que no corresponde a los denunciantes la carga de la prueba, sino a los denunciados probar que son inocentes. Por supuesto, para que todo ello suceda también es imprescindible que las personas denunciadas no sean juzgadas por un juez imparcial, no sean juzgadas con plenas garantías legales, y que se les impida presentar las pruebas, testimonios y demás que consideren convenientes para la defensa de sus legítimos intereses.

Pero, hay otro factor –aparte del juicio paralelo efectuado por los medios de información, creadores de opinión- y es el que las personas denunciadas sean privadas de su derecho constitucional al recurso de “habeas corpus”, el que se les prive de su derecho a no ser retenidas de forma arbitraria por parte de los agentes de la autoridad en las dependencias policiales, para que se den hechos tales es necesario que las personas detenidas no sean llevadas a presencia del juez sin dilaciones, y que se les prive de su derecho constitucional a la asistencia de un abogado.

Ni que decir tiene que quienes son colaboradores necesarios, más o menos entusiastas, en este tipo de tropelías y arbitrariedades siempre recurrirán al viejo truco de “la obediencia debida” para justificar la inmoralidad en la que incurren, su actitud claramente delictiva, su clara implicación, su complicidad con la injusticia.

Algo así como cuando un niño o un adolescente no se hacen responsables de sus actos, y se justifican diciendo que como no han tenido la oportunidad de elegir de manera libre y voluntaria, que como han sido obligados, no tienen por qué responder de las repercusiones de su conducta…

En España, cuando los mandos policiales –obedeciendo órdenes de la superioridad-  aplican el “protocolo” al que a su vez obligan a los guardias civiles, policías nacionales, policías regionales, o policías locales, cuando se produce una denuncia por supuesto maltrato a una mujer; haya indicios, o no los haya, e incluso cuando la actitud falsaria de la mujer supuestamente víctima de violencia es clara, descarada y se sale de ojo… en tales casos, que generalmente se suelen producir los viernes cerca del mediodía, los agentes de la autoridad tras detener de manera espectacular, para que se sepa, delante de hijos, amigos, vecinos, compañeros de trabajo, etc. al supuesto maltratador, con toda la escandalera posible, e incluso avisando previamente a los medios de información, para que al medio día la “noticia” sea la que abra los informativos de televisión; se suele privar a los detenidos de todos sus derechos constitucionales, empezando por incomunicarlos como si de terroristas se tratara, o criminales especialmente peligrosos, negándoseles su derecho a asistencia letrada, y reteniéndoseles durante el fin de semana completo. Y todo ello ocurre, a pesar de que la legislación vigente dice claramente que en tales casos solamente el juez tiene posibilidad de ordenar la privación de libertad del detenido, y que los agentes de la autoridad están obligados a llevar al supuesto delincuente a presencia del juez sin dilaciones indebidas, salvo la que exige la identificación del detenido, las averiguaciones pertinentes para redactar el atestado, y poco más… Estoy hablando del derecho constitucional al recurso de “habeas corpus”, para evitar las detenciones ilegales.

Por descontado, tales abusos están encaminados a minar la posible resistencia de la persona denunciada falsamente (a la que también se le niega su derecho a ser informada de la causa de su detención) y a que tras coacciones y amenazas, con la estimable colaboración del o la abogado del turno de oficio “de género” que acudirá momentos antes de que los agentes lo lleven al tribunal de excepción, al juzgado de violencia “de género”, el detenido acabe firmando una “sentencia de conformidad” en la que se declare culpable de no sabe bien qué, “para evitar males mayores”, pues “digas lo que digas nadie te va a escuchar, y serás condenado y se te impondrá una orden de alejamiento… así que, mejor que digas que sí a todo lo que se te pregunte…”

Pues, “eso” que España es un “estado de derecho en el que mejor es que renuncies a tus derechos, no sea que se acaben cabreando el juez y el fiscal”…

Y mientras tanto, transcurridos casi 17 años de la aprobación de la totalitaria, liberticida, antifamilia, ley de “violencia de género”, hace ya mucho tiempo que se superó la cifra de 2 millones de hombres procesados, la mayoría denunciados falsamente por sus esposas… y entre la quinta y la cuarta parte de los varones españoles recluidos en cárceles lo son por aplicación de la LVIOGEN.

Marx (el otro Marx, “Groucho”) decía que la política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso, y aplicar después los remedios equivocados…

En España una de cada cuatro separaciones matrimoniales, o “de pareja”, va acompañada de denuncia por «malos tratos», y en las que no, la amenaza de denuncia suele estar presente.

Todo al fin y al cabo es calificable como delito de «maltrato» (y más desde que el Congreso de los Diputados, a propuesta del grupo neo estalinista “podemos”, aprobó su ampliación a cualquier circunstancia y en cualquier contexto en el que una mujer sea supuestamente maltratada por un hombre, aunque no haya ninguna clase de relación sentimental) pues la perversa y sexista ley invierte la carga de la prueba, y presupone la culpabilidad masculina; cuando un varón es acusado estará siempre obligado a demostrar, si es que puede (lo cual no es nada fácil, por no decir imposible), su inocencia; mientras tanto será considerado culpable. Pero, es más, la LVIOGEN es una ley que además de injusta, no ha acabado resolviendo nada, todo lo contrario ha acabado causando más y mayores problemas que los que supuestamente pretendía resolver, y está originando ingentes dosis tanto de desdicha privada —de dolor— como de desdicha pública: injusticia. La LVIOGEN, ley de “violencia de género” de 28 de diciembre de 2004 es una ley que culmina el largo proceso de discriminación masculina «por cuestión de sexo» promovido por el fundamentalismo feminista en nuestro país. Porque hoy, para el aparato del Estado, el varón es un ciudadano de segunda en muchos aspectos de su vida. Hasta el extremo de negársele la propia condición de ciudadano, con la supresión de derechos fundamentales, como el derecho a la igualdad de trato o a la presunción de inocencia, tal es así que, con absoluta alevosía, el gobierno que preside Pedro Sánchez, para rematar la faena acordó mediante real-decreto-ley, el sábado, 4 de agosto de 2018, concederles a los servicios sociales de los ayuntamientos la capacidad de privar a los varones del ejercicio de la patria potestad (y por lo tanto de impedirles seguir participando en la crianza y en la educación de sus hijos), sin que medie sentencia judicial de ninguna clase…

Y lo penúltimo, en la misma dirección de criminalizar a los hombres y destruir la institución familiar (base de nuestra forma de vida, de la civilización juedocristiana) ha sido la aprobación, con el apoyo entusiasta de la mayoría del Congreso de los Diputados de la que han denominado pomposamente “ley de protección integral a la infancia y adolescencia contra la violencia de género…” Ley que, en realidad es una agresión contra las familias y priva a los padres –y madres- de su derecho y obligación de criar y educar a sus hijos, potestad reconocida por la Constitución Española de 1978 y los diversos convenios internacionales a los que está adherido el Reino de España.

El contenido de la perversa ley está en la dirección ya anunciada, hace más de un siglo, por el mecenas-protector de Carlos Marx, Federico Engels, en su libro “El origen de la familia, la propiedad privada y el estado”, en el que se inspira el feminismo de género, y en el que Engels plantea que, en la familia está presente la lucha de clases en la que, el hombre es el agente opresor, explotador, y la mujer y los hijos las víctimas de su explotación y opresión; y que es en la familia donde se entrena a los varones para ejercer violencia sobre las mujeres, y un largo etc. Obviamente, tal cual hacen sus actuales seguidores, marxistas en general y femi-estalinistas de género en particular, Federico Engels propone destruir la institución familiar, como primer paso para destruir la civilización occidental judeo-cristiana… e instituir la nueva sociedad igualitaria… y bla,  bla, bla…

Por supuesto, la perversa ley le otorga a la Administración del Estado, al Gobierno, la capacidad de decidir cómo hemos de educar a nuestros hijos, e insisto, priva a los padres de tal potestad… Y además, en la línea del libro de Federico Engels, plantea sin rubor que los únicos que ejercen violencia sobre los niños y adolescentes, son los hombres, varones, pues, como afirma el feminismo de género, la violencia es siempre exclusiva de los hombres… Como resultado “lógico”, entre otras cuestiones, la perversa ley niega que exista lo que, los psicólogos y juristas de la mayoría del mundo civilizado denominan Alienación Parental, y… ¿Por qué niega la perversa ley que, exista la Alienación Parental? Pues, sencillamente porque el maltrato a la infancia, denominado de ese modo, es ejercido mayoritariamente por mujeres hacia sus hijos…

 Es por ello que, lo que es considerado en el mundo occidental judeocristiano, como una forma de maltrato cruel a los niños (y niñas) y está considerado como delito y por lo tanto, severamente castigado, en España quienes, dicen, que pretenden librar a los niños y adolescentes de cualquier forma de violencia, han tomado la decisión de afirmar que la Alienación Parental no existe… Claro que, como ya se ha indicado más arriba, los miembros del Congreso de los Diputados de España, los legisladores que niegan la existencia de la Alienación Parental, son los mismos que afirman, también sin ponerse colorados, que la violencia que sufren las mujeres, con o sin resultado de muerte, es porque los varones son proclives a establecer con las mujeres relaciones desiguales, de dominación, intrínsecamente violentas, llegando a equiparar cualquier relación sexual con un acto de violación… Sí, son los mismos legisladores que consideran correcto que en España exista, desde el 28 de diciembre de 2004, una legislación que priva a los hombres de la presunción de inocencia, y consideran, también, correcta la existencia de tribunales de excepción (denominados de “violencia de género”) en los que se juzga exclusivamente a hombres y se les condena más severamente que a las mujeres en caso de incurrir en el mismo ilícito penal, y con la sóla palabra de la mujer denunciante… 

En fin, decía Edmund Burke que “para que triunfe el mal basta con que la gente buena no haga nada, y mire para otro lado.”

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