Denuncia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE), sobre la politización del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y su impacto en la independencia judicial en España

Justicia amordazada

Justicia amordazada

Acerca de la preocupante composición del CGPJ, Consejo General del Poder Judicial y su impacto en la independencia judicial en España

El Órgano que controla a los Jueces en España, está compuesto por personas elegidas por 2 partidos políticos.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
Excmo. Koen Lenaerts (Presidente)
ECJ.Registry@curia.europa.eu

Tribunal General de la Unión Europea (TGUE)
Excmo. Marc van der Woude (Presidente)
GC.Registry@curia.europa.eu

Contacto: https://curia.europa.eu/jcms/jcms/T5_5133/es/

 Estimados Sres.,

D. Pedro Sánchez fue investido Presidente del Gobierno de España y prometió su cargo ante el rey Felipe VI, el 2 de junio de 2018. Posteriormente se asoció con el partido político “Podemos”. Una de sus promesas era recuperar la Igualdad de los ciudadanos y la eliminación de los privilegios de la “Casta” (los poderosos).

 Sin embargo, el número de personas aforadas (que disfrutan de mayor protección, más privilegios y más derechos que el resto de los ciudadanos) se ha incrementado.

 El órgano que controla a los jueces en España, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), está compuesto por personas elegidas por dos partidos políticos, lo que plantea serias dudas sobre la independencia judicial y el cumplimiento de los estándares europeos en materia de Estado de Derecho.

Situación actual del aforamiento en España

En España hay más personas aforadas, que la suma del resto de Europa. España es la democracia con más aforados en el mundo. Ni en Alemania ni en Reino Unido ni en Estados Unidos hay aforados

En España hay más de 250.000 personas aforadas. (https://www.eldiario.es/politica/aforados-necesita-reducir-numero_1_1935946.html)

Hay políticos que reconocen públicamente que quieren ser parlamentarios, para disfrutar de los privilegios y de la protección de estar aforado. España es el país con mayor número de personas aforadas en Europa y, de hecho, en el mundo democrático. Se estima que hay más de 250.000 personas aforadas, cifra que supera ampliamente la de otros países europeos como Alemania, Reino Unido o Estados Unidos, donde esta figura no existe. El aforamiento otorga a ciertos cargos públicos una protección especial ante la justicia, lo que implica mayores privilegios y derechos que los del resto de los ciudadanos. Esta situación ha sido reconocida incluso por políticos que aspiran a ser parlamentarios para disfrutar de estos privilegios.

¿Qué significa ser una persona aforada? En el contexto jurídico español, una *persona aforada* es aquella que, por razón del cargo público que ocupa o de su profesión, goza del derecho a ser juzgada por un tribunal distinto al que correspondería a un ciudadano común en caso de ser investigada o procesada por un delito. Este privilegio procesal implica que, en lugar de ser sometida a la jurisdicción ordinaria, la persona aforada será juzgada directamente por un tribunal superior, como el Tribunal Supremo o los Tribunales Superiores de Justicia regionales, dependiendo de la naturaleza del cargo y del delito imputado.

La justificación tradicional del aforamiento radica en la necesidad de proteger a los altos cargos públicos de posibles presiones políticas o injerencias que pudieran afectar la imparcialidad de los tribunales ordinarios. Se entiende que un tribunal superior, por su composición y experiencia, ofrece mayores garantías de independencia y objetividad en estos casos. Así lo recoge la Constitución Española, que reconoce el aforamiento para miembros del Gobierno, diputados y senadores (artículos 71 y 102 CE), y la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que lo extiende a miembros del ámbito judicial y otros altos cargos institucionales.

 En España, sin embargo, el número de personas aforadas es desmesurado: más de 250.000 individuos gozan de este privilegio procesal. Entre ellos se encuentran el presidente del Gobierno, ministros, presidentes autonómicos, consejeros autonómicos, diputados, senadores, presidentes y parlamentarios autonómicos, miembros del Tribunal de Cuentas, del Consejo de Estado, Defensor del Pueblo y altos cargos judiciales. Este régimen ha sido objeto de críticas tanto a nivel nacional como europeo por considerarse un privilegio procesal que rompe el principio de igualdad ante la ley y puede dificultar la persecución de delitos cometidos por altos cargos.

Composición y designación del CGPJ VOCALES del CGPJ:

El órgano de Gobierno del Poder Judicial en España corresponde al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

El 25 de junio de 2024, la vicepresidente de la Comisión Europea, presionó para que los 20 vocales del CGPJ fueran repartidos entre el PP y el PSOE (10 cada uno).

https://cadenaser.com/nacional/2024/06/25/estos-son-los-20-nuevos-vocales-que-integraran-el-cgpj-tras-el-acuerdo-entre-el-psoe-y-el-pp-cadena-ser

 El CGPJ es el órgano de gobierno del Poder Judicial en España. Según el artículo 122.3 de la Constitución Española, el CGPJ debe estar integrado por veinte miembros: doce jueces y magistrados de todas las categorías judiciales, cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados y cuatro a propuesta del Senado. Sin embargo, desde la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) en 1985, todos los vocales son elegidos por el Parlamento, lo que ha supuesto una merma progresiva de la independencia judicial.

El 25 de junio de 2024, tras seis meses de negociaciones, en las que intervino como mediadora la Comisión Europea, el Gobierno de España (PSOE) y el principal partido de la oposición (PP) alcanzaron un acuerdo en Bruselas para renovar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), cuyo mandato llevaba más de cinco años caducado. Este acuerdo incluyó un reparto «equilibrado» de los 20 vocales del Consejo, con 10 para cada partido, estableciendo una «mayoría reforzada» de tres quintos para la toma de decisiones y nombramientos.

A pesar de este acuerdo, que, según el líder del PP, Alberto Núñez Feijoo, representaba un «paso histórico» y una cesión «por obligación» del jefe del Ejecutivo, Pedro Sánchez, la esencia de la negociación seguía siendo cuestionable.

 La vicepresidenta de la Comisión Europea medió para que los 20 vocales del CGPJ fueran repartidos entre el PP y el PSOE (10 cada uno), lo que vulnera las recomendaciones y estándares europeos que exigen que al menos la mitad de los vocales sean elegidos por sus pares (jueces y magistrados), sin intervención del poder legislativo ni ejecutivo.

Independencia e imparcialidad en los procedimientos disciplinarios

EL ÓRGANO RESPONSABLE DE LOS PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS CONTRA LOS JUECES DEBE SER INDEPENDIENTE E IMPARCIAL (Sentencia TJUE):

Además de los Aforados de los que hemos hablado anteriormente, esta desigualdad, empeoró dramáticamente el 25 de junio de 2024: las personas que componen la «Comisión Disciplinaria» (órgano que controla, sanciona y traslada a los jueces) han sido nombrados por el PSOE y el PP.

La Sentencia del TJUE contra Rumanía (asunto C-817/21) exige que el órgano responsable de los procedimientos disciplinarios contra los jueces, debe ser independiente e imparcial.

https://confilegal.com/20230516-el-organo-responsable-de-los-procedimientos-disciplinarios-contra-los-jueces-debe-ser-independiente-e-imparcial-subraya-el-tjue

En España ese órgano, está integrado por 7 personas nombradas por 2 partidos políticos (el PSOE y el PP). De los 20 Vocales del CGPJ (que tienen una “Deuda de Gratitud” con el PSOE y el PP), 7 componen la “Comisión Disciplinaria del CGPJ”.

Por lo general, los Jueces, Magistrados y Fiscales españoles son grandes profesionales. Sin embargo, existe una cadena de mando que permite al Gobierno interferir en el Poder Judicial. El Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, de la Fiscalía General del Estado y de la “Comisión Disciplinaria” del CGPJ, puede perfectamente interferir en la labor de un juez que investigue un supuesto caso de despilfarro y corrupción de los fondos europeos.

La independencia judicial es un principio fundamental del Estado de Derecho reconocido tanto en la Constitución Española como en el Derecho Europeo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en su sentencia sobre Rumanía (asunto C-817/21), subrayó que el órgano responsable de los procedimientos disciplinarios contra los jueces debe ser independiente e imparcial. En España, sin embargo, este órgano está compuesto por siete personas nombradas directamente por el PSOE y el PP dentro del CGPJ. Esto compromete gravemente su independencia. La situación es tan grave, que el 29 de julio de 2024, la presidente de la mayor asociación de jueces de España (la APM) remitió un escrito a la Presidente de la Comisión Europea para que protegiese al juez Peinado, de los ataques furibundos del Gobierno. https://theobjective.com/espana/tribunales/2024-07-29/asociacion-mayoritaria-jueces-ue-moncloa-peinado/

Recomendaciones europeas y nacionales

Todo lo hasta ahora descrito, representa una Amenaza a las Finanzas Europeas, motivo por el que el TJUE y el TGUE deben de intervenir.

 Las Ayudas que proceden de Europa, son el resultado del esfuerzo y trabajo de los europeos y españoles. Por ello solicitamos la ayuda del TJUE y TGUE.

RECOMENDACIÓN del CGPJ del 5 de FEBRERO de 2025:

El reparto del Órgano de Gobierno del Poder Judicial (los 20 vocales del CGPJ) entre el Gobierno (PSOE) y el partido más votado (PP) vulnera todas las recomendaciones y estándares europeos. Por ello, la Comisión Europea solicitó al CGPJ que elaborase una recomendación para la próxima renovación de los 20 vocales.

 El 5 de febrero de 2025 el CGPJ, recomendó que en la elección de los vocales de procedencia judicial no haya participación del Legislativo ni del Ejecutivo en ninguna fase del proceso de selección. https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Consejo-General-del-Poder-Judicial/Oficina-de-Comunicacion/Archivo-de-notas-de-prensa/El-CGPJ-cumple-en-plazo-el-mandato-del-legislador-y-acuerda-por-unanimidad-remitir-al-Gobierno-y-a-las-Cortes-una-propuesta-sobre-la-reforma-del-sistema-de-eleccion-de-los-vocales-de-procedencia judicial

ARTÍCULO 122.3 de la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA:

La recomendación del CGPJ, coincide con el artículo 122.3 de la Constitución Española que indica: El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por veinte miembros … De estos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, … cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, y cuatro a propuesta del Senado https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=122&tipo=2

La Constitución de 1978 fue pionera en el respeto al Estado de Derecho. España, para incorporarse la Unión Europea tuvo que hacer innumerables concesiones: reducción de la cuota láctea, cierre minas de carbón, reducción de la producción agrícola, cierre astilleros, respetar el Estado de Derecho, aceptar la primacía del Derecho Europeo …

El 12 de junio de 1985 España firmó el Acta de Adhesión a la Unión Europea. Desde este momento está absolutamente prohibido cualquier retroceso del Estado de Derecho en España. Sin embargo, el 1 de julio de 1985 (cuando en España gobernaba el PSOE, con Felipe González Márquez como presidente), se reformó la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Parlamento español acordó que todos los 20 vocales fueran nombrados por el Parlamento (10 el Congreso y 10 el Senado). Desde este momento, las diferentes reformas de la LOPJ han mermado la independencia del Poder Judicial español.

 ¿Quién es el garante y protector de los Derechos de los ciudadanos españoles y europeos? la Comisión Europea.

Por ello sorprende que el 25 de junio de 2024, la vicepresidente de la Comisión Europea, presionara para que los 20 vocales del CGPJ fueran nombrados por el PP y el PSOE (10 cada uno).

 FUNCIONES DEL TJUE:

1.- Garantizar que la legislación de la UE se aplique de manera uniforme en todos los países miembros.

2.- Controlar la legalidad de los actos de las instituciones de la UE.

3.- Velar por que los Estados miembros cumplan con sus obligaciones                          

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) resuelve los recursos de anulación interpuestos por particulares y asociaciones.

 El 5 de febrero de 2025, el CGPJ recomendó que en la elección de los vocales provenientes del ámbito judicial no haya participación ni del Legislativo ni del Ejecutivo en ninguna fase del proceso. Esta recomendación está alineada con el artículo 122.3 de la Constitución Española y con las recomendaciones europeas sobre independencia judicial.

Riesgos para el Estado de Derecho y las finanzas europeas

El TJUE persigue las Violaciones del Estado de Derecho en la Unión Europea. Ejemplo: “Conclusiones del Abogado General del TJUE el sr. DEAN SPIELMANN”, presentadas el 10 de abril de 2025. Asunto C‑225/22 contra Polonia:

Estado de Derecho

— Tutela judicial efectiva en los ámbitos cubiertos por el Derecho de la Unión

— Artículo 19 TUE, apartado 1, párrafo segundo

 — Tribunal establecido previamente por la ley

— Sentencia del tribunal supremo por la que anula una sentencia de un tribunal de apelación y le devuelve el asunto para que vuelva a examinarlo

— Posibilidad de invocar la constitución irregular de un órgano jurisdiccional de rango superior

— Efectos de los actos de órganos jurisdiccionales constituidos de manera irregular

 — Seguridad jurídica

https://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=297811&pageIndex=0&doclang=es&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=6008254

 RIESGOS:

La Comisión Europea suspendió temporalmente las ayudas económicas a Polonia y a Hungría por un Retroceso en el Estado de Derecho. Europa liberó sus ayudas a Polonia, cuando se produjo un cambio del Gobierno y éste prometió recuperar el Estado de Derecho.

La presidente de la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento Europeo (Monika Holhmeier) acusó a España de «alimentar la sospecha» de que «hay algo que ocultar» sobre los fondos europeos. Ella pidió adoptar las medidas necesarias, dado que España no ha facilitado información del destino de las ayudas europeas. https://www.libremercado.com/2023-11-24/monika-holhmeier-acusa-a-espana-de-alimentar-la-sospecha-de-que-hay-algo-que-ocultar-sobre-los-fondos-europeos-7073326/

De momento, la Comisión Europea no ha actuado.

Existe el Riesgo de que los afectados (personas y asociaciones) pidan una compensación económica por los daños y perjuicios ocasionados por la inacción / omisión de la Comisión Europea.

La falta de independencia judicial representa una amenaza para el Estado de Derecho y para la gestión transparente de los fondos europeos.

La Comisión Europea ya ha suspendido las ayudas económicas a países como Polonia y Hungría por retrocesos en este ámbito. En España también se han señalado irregularidades relacionadas con los fondos europeos.

 Fundamentación jurídica europea

El artículo 19 del Tratado de la Unión Europea (TUE) establece que los Estados miembros deben garantizar una tutela judicial efectiva dentro del marco normativo europeo. La jurisprudencia del TJUE insiste en que esta tutela depende directamente de una judicatura independiente.

Es por todo ello que

SOLICITAMOS su ayuda para que el TJUE – TGUE realicen las gestiones oportunas para que, de modo inmediato, se aplique en España el artículo 122.3 de la Constitución Española: que 12 de los 20 vocales del CGPJ sean elegidos entre los propios jueces y magistrados, sin participación del Legislativo ni del Ejecutivo en ninguna fase del proceso de selección.

Todas las recomendaciones y estándares europeos instan a que no menos de la mitad de los vocales del CGPJ, sean nombrados por sus pares.

Estamos asistiendo a una grave amenaza a las finanzas europeas:

Los jueces y magistrados que investiguen supuestos casos de despilfarro y corrupción con los fondos europeos podrían recibir presiones externas. Por ello, es urgente actuar.

Es fundamental que el actual Gobierno progresista español, cumpla su promesa de recuperar el Estado de Derecho, la Igualdad de los ciudadanos, y la eliminación de los privilegios de la “casta”.

Por todo lo expuesto,

SOLICITAMOS al TJUE y al TGUE que intervenga para garantizar que España cumpla con las recomendaciones europeas y aplique plenamente el artículo 122.3 constitucional: permitir que al menos doce vocales sean elegidos entre jueces y magistrados sin intervención política alguna. La independencia judicial es esencial para preservar tanto los derechos fundamentales como las finanzas públicas europeas frente a posibles irregularidades o corrupción.

Atentamente

CARLOS AURELIO CALDITO AUNIÓN…

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